El pasado 23 de diciembre de 2009, se publicó en el BOE, la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio incorpora parcialmente la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior y nace con la finalidad de mejorar el marco regulatorio del sector servicios para lograr aumentar la eficiencia, productividad y fomentar la creación de empleo en determinados sectores, además de un incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para empresas y ciudadanos.
Para ello, la norma de noviembre de 2009 define un conjunto de principios regulatorios que buscan suprimir las barreras y reducir las trabas que restringen injustificadamente el acceso y ejercicio de las actividades de servicios y su ejercicio. Para este fin, la Ley exige la simplificación de los procedimientos para evitar dilaciones innecesarias y la reducción de cargas administrativas a los prestadores de servicios.
En este contexto, la Ley 25/2009 persigue dos objetivos:
a) Adaptar la normativa española a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, y en la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior y que pretende regular el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
b) Extender los principios de buena regulación a sectores no afectados por la Directiva con el objetivo de contribuir a la mejora de la regulación en el sector servicios y a la eliminación de requisitos o trabas no justificados o desproporcionados en el acceso a determinados trabajos.
La Ley Ómnibus afecta a un considerable abanico de normas con rango de ley relevantes desde el punto de vista de ambiental, de prevención de riesgos laborales, etc…, con incidencia en el sector de los servicios, eliminando diversos regímenes de autorización. Así mismo, es de destacar que la norma elimina requisitos prohibidos de carácter discriminatorio y limitaciones territoriales, impone el silencio positivo como norma general e incluye el principio de concurrencia en la concesión de autorizaciones cuando se hace uso del dominio público, entre otras.
Se modifican, entre otras normativas, cuya redacción se ha visto alterada a raíz de la aprobación de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción
- Ley de 20 de febrero de 1942, por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial.
- Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza.
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
- Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
- Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
- Ley 30/2006, de 26 de julio, de Semillas y Plantas de Vivero de Recursos Fitogenéticos.
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