Aprobada Ley 25/2009 de modificación de diversas leyes para su adaptación a la denominada Ley “OMNIBUS”

El pasado 23 de diciembre de 2009, se publicó en el BOE, la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio incorpora parcialmente la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior y nace con la finalidad  de mejorar el marco regulatorio del sector servicios para lograr aumentar la eficiencia, productividad y  fomentar la creación de empleo en determinados sectores, además de un incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para empresas y ciudadanos.

Para ello, la norma de noviembre de 2009 define un conjunto de principios regulatorios que buscan suprimir las barreras y reducir las trabas que restringen injustificadamente el acceso y ejercicio de las actividades de servicios y su ejercicio. Para este fin, la Ley exige la simplificación de los procedimientos para evitar dilaciones innecesarias y la reducción de cargas administrativas a los prestadores de servicios.

En este contexto, la Ley 25/2009 persigue dos objetivos:

a)  Adaptar la normativa española a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre,  y en la  Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior y que pretende regular el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

b)  Extender los principios de buena regulación a sectores no afectados por la Directiva con el objetivo de contribuir a la mejora de la regulación en el sector servicios y a la eliminación de requisitos o trabas no justificados o desproporcionados en el acceso a determinados trabajos.

La Ley Ómnibus afecta a un considerable abanico de normas con rango de ley relevantes desde el  punto de vista de ambiental, de prevención de riesgos laborales, etc…, con incidencia en el sector de los servicios, eliminando diversos regímenes de autorización. Así mismo, es de destacar que la norma elimina requisitos prohibidos de carácter discriminatorio y limitaciones territoriales, impone el silencio positivo como norma general e incluye el principio de concurrencia en la concesión de autorizaciones cuando se hace uso del dominio público, entre otras.

Se modifican, entre otras normativas, cuya redacción se ha visto alterada a raíz de la aprobación de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre:

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
  • Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción
  • Ley de 20 de febrero de 1942, por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial.
  • Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza.
  • Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
  • Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
  • Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
  • Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
  • Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
  • Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
  • Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
  • Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
  • Ley 30/2006, de 26 de julio, de Semillas y Plantas de  Vivero de Recursos Fitogenéticos.

EXCELTIC S.L. obtiene el certificado de Calidad ISO 9001:2008

Madrid, 11 de enero de 2010.- EXCELTIC S.L. ha obtenido a finales del año 2009 el certificado de su Sistema de Gestión de Calidad bajo la Norma UNE-EN ISO 9001:2008, bajo el asesoramiento de Grupo ACMS Consultores, para la actividad de:

-         Asistencia técnica para el desarrollo de proyectos tecnológicos

Como figura en nuestra página Web, EXCELTIC considera que los mecanismos para materializar sus aspiraciones por la calidad son la cuidada selección y formación de su personal así como el entorno de trabajo adecuado de manera que se favorezca la creatividad y la mejora continua de la cual en último término se benefician nuestros clientes.

La implantación del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001 2008 es una paso más en la consecución de nuestros objetivos de calidad y mejora continua.

Acerca de EXCELTIC S.L – http://www.exceltic.es

Exceltic es una empresa de ingeniería y consultoría en nuevas tecnologías en fuerte expansión. Creemos en la Excelencia, entendiendo ésta como la mejora permanente y el cuidado por los detalles que nos permiten ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

Los sectores de negocio donde Exceltic desarrolla sus actividades son los siguientes: Aeronáutico/Espacio/Defensa, Ferroviario,  Energía y Medio Ambiente, Industria/Producción y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

SUBVENCIONES DEL 90% PARA CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (OHSAS 18001)

En el ámbito del Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales, período 2007 -2010, que fue suscrito por la Administración Autonómica y los Agentes Económicos y Sociales en el ámbito de Castilla y León, se ha publicado la ORDEN EYE/2366/2009, de 23 de diciembre por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento e incentivación de la integración de la gestión preventiva en las pequeñas empresas y microempresas de  Castilla y León. en su convocatoria para 2010.

Las acciones subvencionables mediante la presente Orden forman parte de un planteamiento a medio y largo plazo: deben contribuir al cambio de actitud frente al riesgo laboral de las empresas que actúan en Castilla y León y para que vayan incorporando el valor social de la prevención dentro de sus sistemas de organización.

La convocatoria presenta dos líneas diferenciadas:

Línea 1: dirigida a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad para las empresas encuadradas en los sectores de industria, construcción y servicios con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo, adecuándolas a criterios de mayor eficacia de la gestión de la seguridad y salud laboral y también para la adquisición o adaptación de las instalaciones, medios instrumentales, aparatos y equipos para el desarrollo de la actividad de los servicios de prevención mancomunados

Línea 2:  dirigida a la elaboración e implantación de programas de actuación en materia de prevención de riesgos laborales así como a la certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud laboral y realización de la primera auditoría en aquellas empresas obligadas a ello.

Pueden consultar un resumen de la línea 2 referente a sistemas de implantación en nuestra página web www.grupoacms.com en el apartado de Subvenciones donde se indica beneficiarios, conceptos subvencionables y plazos de solicitud.

GRUPO ACMS Consultores, le puede ayudar en el desarrollo e implantación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo según el estándar OHSAS 18001:2007, tramitando de forma gratuita la subvención mencionada para usted.

Aprobado el Reglamento 1221/2009 – EMAS

Este martes 22 de diciembre ha sido publicado, en el DOCE nº L342 el Reglamento 1221/2009, de 25 de noviembre de 2009, Relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.

Basado en la experiencia acumulada en los últimos años, a raíz de la creciente implantación de Sistemas de Gestión Ambiental en las organizaciones, sumado a la creciente preocupación ambiental, el Parlamento Europeo ha abordado una reforma del Reglamento EMAS, enfocado a vertebrar el contenido de las declaraciones ambientales, así como fomentar la implantación de Sistemas de Gestión ambiental como parte de los Programas Ambientales Europeos.

Para promover un planteamiento coherente entre los instrumentos legislativos elaborados a nivel comunitario en el ámbito de la protección del medio ambiente, la Comisión solicita de los Estados miembros, que tengan en cuenta el registro en EMAS a la hora de formular actos legislativos o de utilizarlo como instrumento en la ejecución de la legislación. Además, para aumentar el atractivo del sistema para las organizaciones, deben tener en cuenta EMAS en sus políticas de contratación pública y, cuando proceda, remitirse a EMAS o a sistemas equivalentes de gestión medioambiental como condiciones de ejecución de contratos de obras y servicios.

El objetivo principal del Reglamento es  crear un sistema único con credibilidad y evitar que se establezcan sistemas nacionales diferentes.

En esta revisión del Reglamento, se introduce la posibilidad, para organizaciones pequeñas, de mínimo impacto ambiental, que se amplie el plazo de renovación hasta 4 años, y el plazo de seguimiento (auditoria , registro…) hasta 2 años. Igualmente, se indican el contenido mínimo de las Declaraciones Ambientales, así como la metodología para documentar los indicadores ambientales básicos (unidades de medida, relativización de unidades, etc…).

Esperemos que la actualización del Reglamento EMAS, continúe e incremente el esfuerzo comunitario por desarrollar un tejido empresarial a nivel europeo de elevada conciencia ambiental y enfocado en la producción del mínimo impacto en el entorno, promoviendo la transparencia empresarial.

INSTITUTO MADRILEÑO DE FERTILIDAD (En proceso de obtener la norma ISO 9001:2008)

Madrid, 10 de noviembre de 2009.- El Instituto Madrileño de Fertilidad ha iniciado recientemente el proceso para conseguir la certificación conforme a las exigencias de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008, bajo el asesoramiento de Grupo ACMS Consultores, para las actividades de:

-         Estudio diagnóstico

-         Tratamientos de reproducción asistida

(FIV- ICSI, IAC, IAC, Ovodonación, Banco de óvulos, Banco de esperma, etc.)

-         Preservación de la fertilidad (Vitrificación de óvulos, congelación de semen, etc.)

En el equipo de IMF, nos proponemos mejorar día a día y mantener los más altos estándares de calidad profesional y técnica, así como alcanzar el mayor grado de satisfacción de nuestros pacientes en lo referente al trato personal recibido. Para ello, necesitamos que el ambiente sea cordial desde el principio, para lo cual acogemos a las parejas en nuestras cómodas y amplias instalaciones, apartándonos del frío ambiente de una clínica convencional. La implantación de la Norma ISO 9001:2008 pretende ser una demostración del nivel de calidad alcanzado en nuestra organización.

Acerca del INSTITUTO MADRILEÑO DE FERTILIDAD.

El Instituto Madrileño de Fertilidad se plantea como un nuevo concepto de clínica especializada, con la más moderna tecnología y las técnicas más vanguardistas, pero a la vez cercana y con atención personalizada al paciente. IMF es fundado en  Madrid (2007) por el Dr. Federico Galera pionero de las técnicas de reproducción asistida, creador de la primera clínica especializada en el tratamiento de la infertilidad y Director Médico del equipo que consiguió las primeras gestaciones y nacimientos en Madrid por estas técnicas (1985).

Concertado con la mayoría de aseguradoras medicas y apostando por la calidad desde su comienzo. IMF está inscrito en distintas sociedades nacionales e internacionales (SEF, ASEBIR, ESHRE, ASRM, etc). Miembros de su equipo participan regularmente en los diferentes Congresos sobre Infertilidad. Siguiendo su espíritu innovador en el año 2008 el laboratorio incorpora una nueva técnica de congelación: Vitrificación de óvulos, que nos permite poner en marcha un banco de óvulos y tratar la ovodonación (independientemente de las características de la paciente), sin listas de espera y con mayor seguridad.

Nuestros profesionales investigan y estudian nuevos métodos para mejorar las técnicas y los resultados, pudiendo obtener de esta forma las más altas tasas de embarazo.

PRÓSPER S.A OBTIENE LA CERTIFICACIÓN UNE-EN ISO 14001:2004

Madrid, 11 de noviembre de 2009.-Instalaciones y Sistemas Prósper S.A., ha obtenido la certificación conforme a las exigencias de la Norma UNE-EN ISO14001:2004, bajo el asesoramiento de Grupo ACMS Consultores, para las siguientes actividades:
• Estudios técnicos e instalaciones de sistemas de comunicación audiovisual (megafonía, traducción simultánea, etc.)
• Asistencia técnica y mantenimiento de instalaciones audiovisuales y eléctricas de Baja Tensión
• Comercialización y Montaje de equipos audiovisuales

Prósper comprometida con la protección del medio ambiente, no sólo a través del cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, sino con actuaciones que van más allá de ésta, y que ponen de manifiesto su compromiso con la consecución de un desarrollo sostenible, ha obtenido la certificación de su Sistema de Gestión Medioambiental según los requisitos de la UNE EN ISO 14001:2004.

La implantación del Sistema de Gestión del Medioambiental basado en dicha norma internacional y su certificación, permite a Prósper minimizar los impactos ambientales y reducir con ello la contaminación lo que constituye un fin en sí mismo y a su vez proporciona ventajas competitivas a la empresa, evitan riesgos y daños, así como demostrar el cumplimiento de la Normativa Medioambiental existente (cada vez más estricta), reducción de costes que se generan el ahorro energético, de agua, reducción de residuos, etc.

Acerca de Instalaciones y Sistemas Prósper S.A.–

Empresa de aplicaciones técnicas establecida en octubre de 2.000, que tiene sus orígenes en actividades de iluminación (gas) desde principio de Siglo en Madrid. Adaptándose a las nuevas tecnologías de cada momento, paso, en 1.917, a ser pionera en el sector eléctrico (fundadora de la antecesora de APIEM) y desde los primeros cuarenta se introdujo en la electrónica de consumo y profesional.
En la rama de electricidad se ha dirigido en las últimas décadas, principalmente a servicios de alto valor añadido, tales como mantenimiento y servicio a instituciones y a automatizaciones con ayudas electrónicas, además de asesorías en instalaciones que combinan electricidad con comunicaciones.
La empresa, en la rama electrónica, está especializada en comunicación pública en sus dos vertientes típicas: megafonía, y sistemas de congreso y traducción simultánea. Estas actividades con clientes de alto nivel han proporcionado experiencia en diseño acústico por simulación informática, mediciones y cálculos de parámetros electroacústicos y proyectos para edificios singulares, que han desembocado en una nueva actividad. Distribuidor oficial de Philips CSI (Comunicaciones y Seguridad).

GRUPO ACMS Consultores en twitter

El GRUPO ACMS Consultores, como resultado del contenido de su plan estratégico en lo referente a la  información a nuestros clientes y presencia en Internet mediante el uso de nuevas tecnologías, ha creado una cuenta en twitter.

http://twitter.com/grupoacms

Descargar legislación de Medio ambiente en http://www.grupoacms.com/documentos.php

El GRUPO ACMS Consultores, con el fin de facilitar el cumplimiento legal en materia de medioambiente a todas las empresas en general y aquellas que tienen el certificado ISO 14001 de medioambiente en , ha creado una apartado en su página Web ( http://www.grupoacms.com/documentos.php) donde podrá descargar la principal legislación medioambiental en materia de suelos, ruido, residuos, vertidos etc.

El objetivo del GRUPO ACMS Consultores es que nuestros clientes puedan disponer de la legislación medioambiental más importante simplemente con visitar http://www.grupoacms.com/documentos.php

GRUPO SASEGUR OBTIENE LA CERTIFICACIÓN ISO 14001:2004

Grupo Sasegur, ha obtenido la certificación conforme a las exigencias de la Norma UNE EN ISO 14001:2004, bajo el asesoramiento de Grupo ACMS Consultores, para la Vigilancia y Protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones

Sasegur con más de 20 años de experiencia en el sector de la seguridad y vigilancia consciente de la necesidad de proteger y respetar el medioambiente ha implantado un Sistema de Gestión de Medioambiental y obtenido la certificación ISO 14001:2004, cuyos objetivos generales son:
• Conservar, proteger y mejorar la calidad ambiental (Prevención)
• Proteger la salud de las personas
• Garantizar una utilización prudente y racional de los recursos naturales (Desarrollo sostenible)

La implantación del Sistema de Gestión de Medio Ambiente y certificación demuestra su compromiso con el medio ambiente y le permite la mejora de procesos para disminuir los impactos contaminantes derivados de su actividad; generación de residuos, consumos energéticos de instalaciones y vehículos,… que además proporciona reducción de costes y significativos incrementos de la eficiencia de sus recursos.

Este Sistema de Gestión Medioambiental se ha integrado con el de Calidad, ya certificado en UNE EN ISO 9002:1994, (SGI) y en definitiva, permite a la organización garantizar un servicio de calidad, y que considera el comportamiento respetuoso con el medio ambiente, en un entorno de mejora continua de los mismos.
La certificación también ha permitido a Sasegur la posibilidad de obtener méritos en concursos públicos (en algunos casos la certificación es requisito obligatorio).

Acerca de Grupo SASEGUR – http://www.sasegur.com

SASEGUR, S.L., fue constituida el día 21 de diciembre de 1988, siendo su objeto social Vigilancia y Seguridad de Bienes Inmuebles.
Con fecha 31 de Julio de 1989, obtuvo la habilitación correspondiente para ejercer las funciones de empresa de seguridad, emitida por la Dirección General de Seguridad del Estado con el número de habilitación 1590.
Actualmente la participación social, con un capital de 11 millones, está suscrita por Jesús Capote Calvo. Una vez se consiguió la habilitación reglamentaria, inició la prestación de servicios de seguridad, con una plantilla inicial de 32 trabajadores. La propia demanda del mercado y la experiencia en el sector que obtenía SASEGUR, S.L., hizo posible que la plantilla fuera aumentando de forma continuada, llegando en la actualidad a disponer de una plantilla de alrededor de 320 Vigilantes de Seguridad.
En su inició los servicios a prestar, fundamentalmente, eran para Comunidades de Propietarios y Empresas Constructoras. Con el paso del tiempo la Empresa se fue consolidando profesionalmente, de forma que a partir de 1996, ya se tenía la calidad y estructura suficiente para poder optar a Concursos Públicos con la Administración, que en la actualidad suponen el 64% de las ventas aproximadamente.
En la línea de seguir mejorando nuestros servicios, por la Dirección de SASEGUR, S.L., se tomo la decisión de iniciar el proceso para obtener el Certificado de Calidad, según la norma UNE-EN-ISO 9002:1994 y de esta forma consolidar a la empresa dentro del grupo destacado de Empresas de Seguridad. Dicha certificación se obtuvo con fecha 15 de Noviembre del 2000. Posteriormente, se ha decidido conseguir la certificación en Medio Ambiente según la norma UNE-EN-ISO 14001:2004.

Reglamento 1005/2009, de la Unión Europea Sobre las sustancias que agotan la capa de ozono

Reglamento 1005/2009, de la Unión Europea Sobre las sustancias que agotan la capa de ozono logo-comision-europea

El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado, el pasado 19 de septiembre de 2009, el Reglamento (CE) nº 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono. Se trata de una actualización y revisión de la normativa europea que regula el uso, producción y comercialización de una lista de sustancia que la comunidad científica tiene comprobado que hacen disminuir el ozono estratosférico.

La introducción de nuevas modificaciones en el Reglamento (CE) no 2037/2000, junto a las ya existentes, han provocado la refundición de dicha norma en esta nueva disposición, para una mayor claridad en el entendimiento de su contenido. El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2010, quedando derogado el Reglamento (CE) no 2037/2000 a partir de dicha fecha. Y por lo tanto, las referencias realizadas al Reglamento derogado se entenderán hechas a partir de entonces a la presente disposición

Se encuentra en este documento una lista de sustancias que agotan la capa de ozono y aparece la prohibición expresa de su producción y comercialización, salvo los casos que expresamente se señalan. Entre estas excepciones se encuentra el uso en laboratorios y análisis, si bien requerirán de un registro y autorización especial.